Una mirada de la Comunicación para el Desarrollo al Derecho Internacional de los Refugiados

30 julio, 2019

Este 20 de junio de 2019 se suman casi dos décadas desde que en el planeta se celebra el Día Mundial de los Refugiados, fecha que busca sensibilizar y visibilizar desde lo comunicacional y mediático la situación de millones de Refugiados en el mundo. En sí, es un aspecto de carácter mundial que encierra las consecuencias de conflictos o calamidades y convierte a territorios enteros en máquinas expulsoras de personas. Aun cuando la movilidad humana es constante y tan antigua como las civilizaciones mismas, son estos conflictos y/o calamidades las que abren compuertas, encienden alarmas y presentan desafíos a la movilidad humana abrupta, vulnerable y no planificada. El término de la Segunda Guerra Mundial y la posterior activación de la Convención de 1951 sobre Estatutos de Refugiados[1], así como el Protocolo de 1967[2], fijaron un modo de regulación universal sobre un fenómeno que para el contexto de ese tiempo se creía sería temporal y finito, para luego adecuarse en espacio-tiempo a mecanismos más amplios e indeterminados.

La Convención del 51, aún con certera vigencia, colocó en el ojo histórico universal la definición de persona refugiada[3] haciendo referencia a aquel ser humano que en un momento determinado necesitaba de la protección de las Naciones Unidas, vale decir, lo que se conoce hoy como Protección Internacional[4].

Para entender estos instrumentos internacionales desde la perspectiva civil o del ciudadano/a común, se hace imperativo conocer sus principios y objetivos centrales, con un enfoque cotidiano y práctico que llegue a las personas que son de interés para ellos, incluso a todos y todas, porque nadie sabe ni se imagina cuándo le tocará ser un refugiado o refugiada.

En sus contenidos expresan un significativo número de posibilidades y accesos a derechos basados en principios de protección, definición de quién es o no elegible para dicha protección, así como los mecanismos de exclusión para aquella persona que no la merece o de cesación para quien ya no la necesita; es decir, es amplia en su dimensión y alcance a la hora de otorgarla. Estos instrumentos internacionales que consagran y conforman el Derecho Internacional de los Refugiados están bien concebidos desde otros instrumentos tanto anteriores como posteriores a la entrada en vigor de estos, y que son contemplados para todos y todas por igual cuando se sobrevienen hechos o circunstancias que atentan contra la vida y libertades fundamentales del “Ser Humano”.

Cuando una persona o grupo sale o huye de su país de origen o residencia habitual, muchos o una gran mayoría lo hacen sin contar con estos principios y derechos que consagra la Protección Internacional, no importa condición económica, educativa, social de la persona o grupo, la gran realidad es que se convierten en refugiados sin saberlo o imaginarlo. Es en este punto donde los instrumentos y quienes se encargan de operarlos deben, más que activarse como de hecho lo hacen, avivar y concentrar la información hacia ellos y no sobre ellos o de manera muy general.

Hay cifras actualizadas sobre cuántos hay, pero no todos los refugiados y refugiadas saben plenamente que lo son. Su situación particular no les da acceso a saber si entran o no en la definición, y es que muchas veces no da tiempo de saberlo.

La campaña debe ser permanente; la información debe ser masiva e instrumentada; los instrumentos deben ser abordados desde muchos ámbitos; todos y todas deben saber quiénes y por qué son refugiados o refugiadas, pues nadie sabe cuándo le tocará serlo. Las inquietudes, que por lo general surgen solo cuando ocurre el conflicto, pueden fácilmente abordarse con los grandes movimientos de datos que existen. Es desde la Comunicación para el Desarrollo como herramienta, que puede enfocarse esta situación y enderezar el barco de desinformación que en muchas ocasiones se encuentra a la deriva. Partiendo del concepto más general de la Comunicación para el Desarrollo[5], decimos que esta herramienta les da propósito a los procesos de información continua, aporta de manera previa, concreta procesos de asimilación de información incluso antes de que surja la necesidad de protección. La intención es que, si se está en el escenario, los procesos de identificación sean más proactivos y la DCR sea más expedita y transparente.

Es importante expresar que, haciendo uso de las herramientas de comunicación con enfoque de desarrollo, se puede elevar una cultura de información, más directa, previa, clara, para visibilizar de manera real los instrumentos internacionales de protección en este caso para refugiados y refugiadas, y empoderarlos de forma más efectiva. Las posibilidades crecen en la medida que las personas tengan mayor conocimiento y sensibilidad de lo que pueden solicitar, se haría más cercana y certera la necesidad de buscar y recibir protección internacional, bajo la condición de refugiado o refugiada o solicitante de asilo, pues existe y están a disposición amplias conquistas en el Derecho Internacional.

En definitiva y como punto de reinicio, comunicar con propósito y previamente es una buena práctica para lograr mejores resultados cuando las personas se empoderen del Derecho que le asiste en el momento que les toca convertirse en un refugiado o refugiada.

Ensayo de Gilna Caldera

Diplomado en Derecho de Asilo y el Estatuto de Persona Refugiada

[1] Convención de 1951 sobre Estatutos de Refugiados. Anexo III, p. 51. Manual y directrices sobre procedimientos y criterios para determinar la condición de refugiados. Edición de diciembre 2018. ACNUR.

[2] Protocolo de 1967. Anexo III, p. 73. Manual y directrices sobre procedimientos y criterios para determinar la condición de refugiados. Edición de diciembre 2018. ACNUR.

[3] Capítulo I. Disposiciones Generales, Art. 1, p. 52. Manual y directrices sobre procedimientos y criterios para determinar la condición de refugiados. Edición de diciembre 2018. ACNUR.

[4] https://eacnur.org/blog/proteccion-internacional-la-esperanza-de-millones-de-personas/

[5] http://www.unesco.org/new/fileadmin/MULTIMEDIA/HQ/CI/CI/pdf/communication_form

_development_oslo_c4d_pda_es.pdf