Trabajo infantil en República Dominicana

17 junio, 2019

Las estimaciones mundiales de la Organización Internacional del Trabajo indican que al menos 152 millones[1] de niños y niñas se encuentran realizando trabajos no apropiados para su edad, los cuales laceran su integridad e impiden su desarrollo físico e intelectual. Al menos la mitad se involucra en actividades consideradas dentro de las peores formas de trabajo infantil[2]. En conmemoración del Día Mundial contra el Trabajo Infantil se precisa recordar que, aunque el mundo ha avanzado hacia su disminución, aun en la actualidad uno de cada diez niños a nivel mundial es víctima de este flagelo. Esta cifra ha decrecido en los últimos 16 años[3]; pero la meta de erradicar el trabajo infantil en todas sus formas, establecida para 2025 en los Objetivos de Desarrollo Sostenible, está lejos de ser cumplida[4].

La República Dominicana enfrenta importantes desafíos en la lucha por la erradicación del trabajo infantil. El trabajo de las personas menores de 14 años se encuentra prohibido por el Código de Trabajo (artículo 244), salvo excepciones en favor de la enseñanza, el arte y las ciencias autorizadas por el Ministerio de Trabajo. Estas prohibiciones aplican de igual modo para niños y niñas. Sin embargo, en algunas comunidades dominicanas donde se ha investigado este mal[5], se indica que la cantidad de niños involucrados en actividades laborales agrícolas supera al de las niñas[6]. No obstante, es preciso visibilizar que en las comunidades rurales las niñas son empleadas en mayor proporción para la realización de labores domésticas o de apoyo al trabajo agrícola consistentes en “cuidar a otros miembros de la familia –hermanos/as menores y personas ancianas– cocinar, lavar, planchar, traer leña y agua, llevar comida a los campos”[7].

Conforme estatuye la Constitución dominicana, la erradicación del trabajo infantil es declarada del más alto interés nacional. Sus peores formas comprenden la esclavitud, la prostitución, el reclutamiento para actividades ilícitas, o en general cualquier trabajo que dañe su salud, ponga en peligro su seguridad o afecte la integridad moral[8]; pero no todo trabajo realizado por los niños es considerado trabajo infantil. En República Dominicana y en muchas partes del mundo la legislación permite que laboren “en empresas familiares en las que solamente estén empleados los padres y sus hijos y pupilos”[9] siempre que esto no afecte su desempeño escolar y su desarrollo individual. En efecto, como ya fue mencionado, se encuentran prohibidas aquellas tareas que atentan contra su desarrollo e integridad física, psíquica y moral.

La Constitución dominicana y la Estrategia Nacional de Desarrollo visualizan a la República Dominicana como una sociedad comprometida con el goce y disfrute de los derechos humanos de los niños, niñas y adolescentes. El futuro de las nuevas generaciones ha de resguardarse por su dignidad intrínseca cuyo respeto afianza la paz social y promueve el desarrollo de capacidades y competencias para un país mejor. Las estrategias y acciones seguidas en contra del trabajo infantil han de continuar fortaleciéndose en todas sus dimensiones. En ese sentido, se identifican acciones importantes como la Hoja de Ruta para hacer de República Dominicana un país libre de trabajo infantil y sus peores formas y los planes estratégicos, los cuales también precisan incluir las perspectivas de los niños/as y adolescentes en contexto de movilidad humana.

Por José J. Castillo Javier

Analista de Investigación

[1] Cfr. Organización Internacional del Trabajo. Global estimates of child labour: Results and trends 2012-2016. Ginebra, 2017, p. 11.

[2] Ídem.

[3] Cfr. Organización Internacional del Trabajo. Global estimates of child labour: Results and trends 2012-2016. Ginebra, 2017, p. 11.

[4] Cfr. Organización de las Naciones Unidas. Asamblea General. Resolución 70/01 del 25 de septiembre de 2015. Transformar nuestro mundo: La Agenda 2030 para el desarrollo sostenible. Objetivo 8.7. Nueva York, p. 22.

[5] Por ejemplo, en el municipio de Azua, las comunidades Cruce de Las Yayas, Magueyal y Bastidas. En este sentido ver: GÓMEZ, C. Proyecto para la disminución gradual del trabajo infantil en Centroamérica, Panamá y República Dominicana. OIT. Santo Domingo. 2006.

[6] GÓMEZ, C. Proyecto para la disminución gradual del trabajo infantil en Centroamérica, Panamá y República Dominicana. OIT. Santo Domingo. 2006, p. viii.

[7] Ídem.

[8] Organización Internacional del Trabajo. Convenio 182, art. 3.

[9] Cfr. Código de Trabajo, art. 246.