Población migrante y vivienda digna

31 enero, 2018

Miércoles, 25 Octubre 2017 12:47

Artículo colaborativo

Departamento de Investigación y Estudios Migratorios (DIEM)

Vivir en una vivienda digna con los servicios básicos esenciales, es un derecho que se reconoce a todas las personas. Este derecho se reconoce tanto por la Declaración Universal de los Derechos Humanos[1] como por el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales.[2] La constitución dominicana se hace hecho de ese derecho, y en su artículo 59 establece que: “Toda persona tiene derecho a una vivienda digna con servicios básicos esenciales”. Junto al resto de la población, las personas migrantes tienen derecho a una vivienda con los servicios básicos que aseguren el respeto a su dignidad humana.

Las características de las viviendas de las personas migrantes en la República Dominicana, son un reflejo de la precariedad de sus condiciones de vida. Según la Encuesta Nacional de Inmigrantes ENI-2012, de 222,916 viviendas en las cuáles vivían personas migrantes, el tipo predominante eran las casas (56.6%), siendo la forma de tenencia más frecuente el alquiler (64.9%), y sus condiciones estructurales media-baja (73.5%).

En relación a los hogares de los inmigrantes, se observa que su nivel de acceso a los servicios básicos es bajo (63.0%), y una alta proporción de los mismos no cuenta con bienes durables (43.0%). Por otra parte, el 59.7% muestra niveles de hacinamiento, siendo alto para un 23.8% y moderado para un 35.9%.

Un factor que incide en la precariedad en el acceso de las personas inmigrantes a la vivienda radica en su condición de irregularidad migratoria. Solamente el 11.4% de inmigrantes posee documentos de identidad dominicanos, por lo que su acceso formal a la tenencia de una vivienda se ve limitado, así como también se limitan o condicionan sus derechos como arrendatarios y el acceso a programas de viviendas gratuitas o a bajo costo, ya que dependen rigurosamente de la documentación que posee la persona migrante.

Mediante la implementación por parte del Estado dominicano del Plan Nacional de Regularización de Extranjeros, se abre una puerta de oportunidades para la comunidad inmigrante, ya que el acceso a documentación mejorará las formas en que estos pueden tener una vivienda digna. No obstante, estos beneficios que se podrían derivar del PNRE sólo se aprovecharían en la medida que exista una revisión integrar para eliminar las barreras sociales que hoy limitan muchos derechos a los inmigrantes; por lo que entre las recomendaciones para mejorar el acceso de las personas migrantes a la vivienda se encuentran:

  • Promover que los criterios de inclusión en los programas públicos de construcción, reparación y entrega de viviendas gratuitas o a bajo costo tomen en cuenta la marginalización y los altos niveles de pobreza de la persona, independientemente de su nacionalidad, condición jurídica, o de la documentación que posean.
  • Suprimir los obstáculos que impidan a los inmigrantes disfrutar del derecho a una vivienda adecuada y a garantizar la igualdad con los ciudadanos en el disfrute de ese derecho.
  • Velar por que se apliquen las leyes, estrategias y planes de acción de modo que las instancias públicas y privadas no puedan ejercer la discriminación, en particular en lo que hace al derecho a una vivienda adecuada, y que tal aplicación tenga presente la situación de los migrantes documentados e indocumentados.

Con la aplicación de este tipo de medidas, entre otras, se estarán dando algunos pasos para asegurar el acceso de las personas migrantes a una vivienda digna.

[1] http://www.un.org/es/universal-declaration-human-rights/

[2] http://www.ohchr.org/SP/ProfessionalInterest/Pages/CESCR.aspx