Hacia un modelo integracionista de la migración

23 noviembre, 2020

Los procesos migratorios no se reducen a la mera movilización de personas en el espacio, son dinámicas que atañen tanto a las sociedades de origen como a las que reciben. En las sociedades de destino las personas migrantes pueden producir transformaciones económicas, sociales y culturales de gran peso, por lo que es importante gestionar las formas en que estos nuevos sujetos se incorporan a la estructura social. Al mismo tiempo, la gobernanza de las migraciones debe garantizar el respeto de los/as migrantes y la protección de sus derechos. En este sentido, es pertinente hablar de integración de las personas migrantes, conocer cuáles visiones existen sobre este fenómeno y pensar cómo debe ser un modelo integracionista de las migraciones.

El/la inmigrante representa extranjería y diferencia. Simmel (2012) resalta que la extranjería une lo lejano con lo cercano, pues es la presencia de lo foráneo dentro del grupo y Baños et al. (2016) recalcan que la persona migrante representa incomodidad debido a la diferencia que esta supone. El/la extranjero/a es la presencia de lo desconocido en un ambiente familiar, por ello, la integración implica familiarizar lo ajeno y quitar la extrañeza de lo foráneo. La integración es un proceso mediante el cual individuos externos se convierten en miembros de una sociedad por medio de su reconocimiento como parte del grupo y su participación en la vida social.

La integración no es un proceso multidimensional. Baños et al. (2016) entienden que es simultáneamente subjetiva –existen aspectos autoproducidos, como el sentido de pertenencia o el aprendizaje de las normas culturales– y objetiva –se ve influenciada por las posibilidades de jure y de facto que el grupo proporciona al/la migrante para desarrollarse.  Por otro lado, Solé et al. (2002) consideran que en ella se encuentran lo jurídico (reconocimiento formal del/la migrante como sujeto de derecho), lo social (adhesión y participación de los/as migrantes al sistema de relaciones sociales) y lo cultural (desarrollo de una identidad colectiva y aprendizaje de reglas comunes de convivencia).

Los modelos y prácticas al respecto son bastante diversos en tanto las sociedades tienen múltiples formas de distribuir el poder y gestionar el intercambio cultural. Fundamentalmente, pueden observarse dos grandes perspectivas: asimilacionistas e integracionistas. Por supuesto, en la realidad es muy difícil encontrar modelos puros, pues en su mayoría vemos que poseen características de una y otra.

La primera, que tiene una visión homogeneizadora y de salvaguarda de la pureza de la cultura y la identidad nacional, entiende que las personas migrantes deben adaptarse a la cultura mayoritaria o dominante de la sociedad receptora (Anthias et al., 2017). En esta visión la integración es responsabilidad de la persona migrante no de la sociedad receptora, y si este/a no puede –o no quiere– modificar sus rasgos culturales en pos de la asimilación, debe ser expulsado o separado del grupo puesto que representa una amenaza.

La segunda entiende que es posible una acogida sin pérdida de la cultura propia del/la migrante. Para Requena (2010:21) este tipo de integración sería un “proceso por el cual el sujeto se incorpora a la sociedad, en igualdad de condiciones que los sujetos que ya pertenecen a la misma” y para Home Office (2008) no se trata de asimilación dentro de una cultura homogénea, sino de un proceso de doble vía que involucra a los recién llegados y a los ya establecidos. Desde esta mirada no sería responsabilidad exclusiva de las personas migrantes, sino que implica esfuerzos tanto de las sociedades de origen como de las de destino.

Tal interpretación de la integración apunta a tres ideas: oportunidades, derechos y pertenencia. En la gestión de la integración se debe velar por la protección de las personas migrantes y garantizar su acceso a oportunidades y espacios que les permitan desarrollarse (ACNUDH, s.f.). Las acciones en torno a este proceso deben acogerse a un régimen de derechos que conduzca a bienestar y respeto de la dignidad de las personas (ACNUDH, s.f.; González-Rábago, 2014). Los intentos de integración deben respetar las identidades de las personas migrantes al tiempo que propician espacios de pertenencia y participación (OIM, 2016).

Una mirada de este tipo a la integración requiere la creación de espacios y formas de interacción entre inmigrados/as y locales que generen beneficios mutuos y la protección de los derechos de todas las personas en un flujo dinámico y equitativo del poder. Implica la construcción de una sociedad plural, abierta y tolerante que lleve a las personas migrantes a ser partícipes no solo de la producción de las riquezas, sino también de sus beneficios. Nos llama a realizar esfuerzos colectivos tanto en el origen como en el destino para brindar condiciones, herramientas y capacidades que permitan a los migrantes desarrollarse en igualdad de condiciones.

Tal integración llama a la construcción de una sociedad intercultural en la que se celebren y valoren todas las experiencias, cosmovisiones y expresiones de los diferentes grupos que la componen al crear una ciudadanía diversa, educar para mitigar los conflictos y propiciar el entendimiento y aprovechamiento mutuo.

Referencias

  • Baños, R., Madiel, O. & Julián, B. (2016). La integración de jóvenes extranjeros en Catalunya. Pedagogía Social. Revista Interuniversitaria. (28), 141-155. España: Sociedad Iberoamericana de Psicología Social.
  • Simmel, G. (2012). En Simmel, G. El extranjero: sociología del extraño. Madrid: Sequitur.
  • Solé, R., Alcalde, R., Pont, J., Lurbe. K. & Parella, S. (2002). El concepto de integración desde la sociología de las migraciones. Migraciones. (2) 9-41. Madrid: Instituto Universitario de Estudios sobre Migraciones.
  • Anthias, F., Kontos, M. & Morokvasic-Müller, M. (2017). Paradoxes of Integration: Female Migrants in Europe. Londres: Springer Science.
  • Requena, T. (2010). En Iglesias, J. (Ed). Las políticas de integración social de los inmigrantes en las comunidades autónomas españolas. Bilbao: Fundación BBVA.
  • Home Office (2008). The path to citizenship: next steps in reforming the migration system. Londres: HMSO.
  • (s.f.). Migración y derechos humanos. Organización de las Naciones Unidas.
  • OIM (2016). Migración e Interculturalidad. Santo Domingo: Organización de las Naciones Unidas.

Por Pedro Valdez Castro

Analista Cualitativo de Estudios Migratorios

Departamento de Investigación y Estudios Migratorios